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lunes 1 de julio de 2024
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Aplausos e insatisfacción por condena a militares violadores en Perú

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Lima, 20 jun (Prensa Latina) La condena a prisión de 13 militares por violaciones masivas y sistemáticas de campesinas durante el conflicto armado en Perú, motivó hoy aplausos por el precedente, pero también insatisfacción por lo reducido de las penas.

Las organizaciones de defensa de derechos humanos consideraron valioso que la sentencia consigna el carácter sistemático de las violaciones como parte de las operaciones contrainsurgentes y su definición judicial como delito de lesa humanidad.

La Coordinadora Nacional de Derechos Humanos, que agrupa a 80 organizaciones, calificó la sentencia dictada anoche como histórica y un hito en la lucha contra los crímenes de Estado.

“Este caso es crucial en la historia de justicia y vulneración a los derechos de las mujeres porque desde 1980 hasta 1998 los miembros de las Fuerzas Armadas del Estado peruano abusaron sexualmente de adolescentes y mujeres campesinas”, señaló a su vez la Asociación Pro Derechos Humanos (Aprodeh).

La agrupación destacó que por fin, tras más de 40 años, encontraron justicia las mujeres de las localidades de Manta y Vilca, ubicadas en las alturas de la región andina de Huancavelica.

Similar evaluación hizo la organización feminista Demus, que patrocinó la demanda de las campesinas y que consideró leves las condenas que oscilan de 6 a 12 años de cárcel.

El tribunal dictaminó 12 años de condena para Sabino Valentín Rutti, y a 10, a Rufino Rivera, Vicente Yance Collahuaco, Epifanio Quiñones, Amador Gutiérrez, Arturo Simarra y Lorenzo Inga, así como 8, a Martín Sierra, y 6, a Pedro Pérez López. Ninguno asistió a la audiencia final.

Los jueces reservaron la sentencia a otros tres acusados, Julio Meza García, Gabriel Carrasco y Jhony Gutiérrez para cuando sean capturados, pues están en la condición de reos contumaces por no haber asistido a ninguna audiencia.

Uno de los abogados de las víctimas, Víctor Álvarez, declaró a Prensa Latina que las citadas penas son muy diferentes a las de 18 años, solicitadas por la Fiscalía para todos los reos, por la Fiscalía, que se reservó el derecho a apelar contra esas condenas.

El letrado agregó que las sanciones impuestas por la corte no guarda relación con la extrema gravedad, trascendencia y magnitud del caso y con el hecho de que se trata de un crimen de lesa humanidad.

Demus manifestó además preocupación por el peligro de que los sentenciados escapen para eludir la condena, pues ninguno asistió anoche a la audiencia del fallo.

Igualmente, la organización consideró preocupante que se ratifique la llamada ley de impunidad, preliminarmente aprobada por el Parlamento de mayoría conservadora.

La norma ordena que no se juzgue ni sancione los crímenes de lesa humanidad cometidos antes de que Perú firmara, en julio de 2002, del estatuto del Tratado de Roma que determina que esos delitos son imprescriptibles.

Juristas y organismos de derechos humanos rechazan la ley, observada por la justicia supranacional, y argumentan que el Estado peruano ha firmado otro tratado internacional que lo obliga a perseguir y sancionar delitos de lesa humanidad cometidos en cualquier fecha.

arc/mrs

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