De este modo, se espera resarcir parte de los daños ocasionados al pueblo mediante esquemas ilegales que provocaron pérdidas millonarias a las arcas gubernamentales boricuas. El ministro de Justicia de Puerto Rico, Domingo Emanuelli, aseguró que, tras un análisis jurídico meticuloso, se presentaron 15 demandas ante el Tribunal de Primera Instancia en San Juan, fundamentadas en el Código Anticorrupción para el Nuevo Puerto Rico, que nunca antes puso en práctica desde su entrada en vigor el 4 de enero de 2018.
En la demanda, que incluye a algunos empresarios que propiciaron la corrupción, figuran los exalcaldes Ángel Pérez Otero, Luis Arroyo Chiqués, Félix Delgado Montalvo, José Luis Cruz Cruz, Abel Nazario Quiñones, Javier García Pérez, Eduardo Cintrón Suárez y Reynaldo Vargas Rodríguez.
También los exlegisladores del oficialista Partido Nuevo Progresista (PNP) María Milagros Charbonier, Nelson Del Valle Colón y Nestor A. Alonso Vega.
De igual forma, la acción contempla como demandados a los empresarios Oscar Santamaría, responsable de sobornar a los alcaldes a través de los millonarios contratos para la recogida de basura, y Mario Villegas Vargas, así como las corporaciones J. R. Asphalt y Waste Collection.
“Vamos a recuperar el dinero del pueblo puertorriqueño y a reclamarles una cuantía que suma tres veces el daño causado por parte de quienes se han apropiado ilegalmente de los fondos públicos”, expresó el ministro de Justicia.
Agregó que el Código Anticorrupción permite reclamar, mediante demandas civiles en la jurisdicción estatal, el dinero público malversado o apropiado ilegalmente, ya sea por parte de funcionarios o personas del sector privado.
“La indemnización monetaria es equivalente al triple del daño económico ocasionado al Gobierno de Puerto Rico mediante actos de corrupción”, recalcó.
A los fines de asegurar el pago de las sentencias, el Código Anticorrupción establece que el Estado podrá solicitar al tribunal cualquier orden provisional que sea necesaria.
“El tribunal podrá conceder cualesquiera de los remedios provisionales dispuestos en las Reglas de Procedimiento Civil incluyendo sin que se entienda como una limitación el embargo, el embargo de fondos en posesión de tercero y la prohibición de enajenar”, establece el estatuto.
Emanuelli destacó que “con esta acción enviamos un mensaje claro y contundente de que la corrupción tiene consecuencias severas en Puerto Rico”.
“Esperamos que sea un disuasivo el tener que devolver con creces lo que le han robado al pueblo que depositó su confianza en muchos de ellos; cuando lo comiencen a sentir en sus propios bolsillos y tengan que pagar con su patrimonio, lo pensarán mil veces antes de tocar el dinero que les pertenece a los ciudadanos”, remató el ministro.
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