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viernes 5 de julio de 2024
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Exigen indemnización a víctimas de esterilización forzada en Japón

Tokio, 3 jul (Prensa Latina) El Tribunal Supremo de Japón ordenó hoy al gobierno indemnizar a los demandantes que fueron obligados a someterse a operaciones de esterilización entre los años 1950 y 1970.

La instancia dictaminó que esos procedimientos médicos se realizaron en virtud de una ley de protección de la eugenesia, ahora obsoleta e inconstitucional.

En su fallo sobre cinco demandas en las que las víctimas pedían una indemnización, el tribunal consideró que el plazo de prescripción de 20 años por un acto ilegal no se aplica a los casos relacionados con la ley de eugenesia, que estuvo en vigor entre 1948 y 1996.

La sentencia allana el camino para que las víctimas de la ley, que permitía la esterilización de personas con discapacidades intelectuales, enfermedades mentales o trastornos hereditarios sin su consentimiento para evitar el nacimiento de hijos «inferiores», sean indemnizadas en el marco de la decisión unificada.

Los demandantes, que presentaron las solicitudes en cinco tribunales de distrito en las regiones de Sapporo, Sendai, Tokio, Osaka y Kobe, se encontraban entre un total de 39 personas que han denunciado daños y perjuicios en demandas similares en 11 tribunales de distrito y un tribunal subsidiario desde 2018.

Los 15 jueces del Supremo encontraron unánimemente que la ley de eugenesia era inconstitucional, diciendo que violaba el Artículo 13 de la Constitución, el cual garantiza la libertad de las personas a no someterse a procedimientos físicamente invasivos contra su voluntad; y el Artículo 14, que estipula el derecho a la igualdad.

mem/nvo

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