El pasado 4 de abril los magistrados consejeros del Tribunal Constitucional angoleño declararon la sentencia como inconstitucional por diversas razones, las cuales según el comunicado del TS divulgado este martes, ya fueron eliminadas.
Los cuatro acusados, entre los que se encuentran además el expresidente del Fondo Soberano de Angola, José Filomeno dos Santos «Zenu”, Jorge Gaudens Pontes Sebastião y António Samalia Bule Manuel, fueron hallados culpables en el proceso de reclamación ante el Supremo en el 2022.
Entonces recibieron penas fijas de cinco a ocho años de prisión por la comisión de los delitos de malversación, estafa por fraude y tráfico de influencias, concretamente practicadas en una transferencia ilícita de 500 millones de dólares desde el BNA a una cuenta bancaria en Londres en septiembre de 2017.
Además de la prisión, los imputados deberán pagar una multa e indemnización al Estado por la cantidad de cinco millones de kwanzas (unos cinco mil 740 dólares) en concepto de daño moral y ocho millones 512 mil 500 dólares, en concepto de lucro cesante y daños emergentes.
La defensa había recurrido al Tribunal Constitucional por considerar que el TS pasó por alto cuestiones esenciales para el descubrimiento de la verdad, como las respuestas dadas por el entonces presidente de la República, José Eduardo dos Santos, en calidad de titular del poder Ejecutivo.
Añadieron que esa instancia judicial no consideró la versión de los hechos de la defensa y tampoco consintió la presentación de testigos y pruebas clave, además de que la sentencia fue adoptada por la mitad de los votos en contra, por lo que debió someterse a una nueva sesión para su discusión y deliberación.
El Tribunal Constitucional reconoció en abril que las instancias judiciales prescindieron de algunas pruebas, lo que condujo a un juicio que puso en entredicho la salvaguarda de garantías constitucionalmente consagradas como el derecho de defensa y el principio acusatorio.
En tal sentido, precisaron que no admitir el escrito de contestación del expresidente de la República vulneró los principios de presunción de inocencia y contradicción, así como el derecho de defensa.
En el comunicado emitido este martes por el Supremo señalan que ratifican su decisión luego del análisis crítico de todas las pruebas documentales contenidas en el expediente, como documentación bancaria, documentos contractuales y contratos firmados entre las empresas y el BNA.
Igualmente señaló que fue admitida la carta del expresidente, sin embargo consideró que la autorización dada por este a la transferencia no excluye la responsabilidad de los enmarcados y tampoco significa que Dos Santos conociera total o parcialmente la intención de los implicados.
Valoraron como resueltos los problemas remarcados por el Tribunal Constitucional e insistieron en que el deber de obediencia cesa ante la comisión de un delito.
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