La decisión de los jueces asociados Rafael Martínez Torres, Mildred Pabón Charneco y Edgardo Rivera García rechazó la petición de la Cámara de Comercio de Puerto Rico, la Asociación de Restaurantes de Puerto Rico, la Cámara de Mercadeo, Industria y Distribución de Alimentos y la Asociación de Industriales de Puerto Rico, entre otras entidades.
La decisión del máximo foro judicial puertorriqueño respondió a un recurso de los empresarios y comerciantes en contra del fallo emitido por el juez Anthony Cuevas Ramos, del Tribunal de Primera Instancia de Puerto Rico.
“Nuevamente, le recordamos a los patronos del sector privado que lejos de teorías legales que pueda expresar una parte, el estado de derecho actual establece que el salario mínimo en Puerto Rico es de 10.50 por hora, efectivo el 1 de julio de 2024″, expresó el secretario del Trabajo Gabriel Maldonado González.
El funcionario advirtió que “incumplir con el salario mínimo aplicable puede conllevar responsabilidad civil, multas y penalidades”.
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