El Decreto Presidencial que establece el aumento del salario precisa que el mínimo que se debe pagar a un trabajador es de 70 mil kwanzas, y de 50 mil para las microempresas y las entidades que inician.
No obstante, transcurridos 12 meses desde la fecha de entrada en vigor, el importe del salario mínimo nacional se fija en 100 mil kwanzas (unos 114 dólares).
En el caso de las empresas que no tengan capacidad financiera para asumir la subida de las remuneraciones, la disposición prevé la solicitud de un permiso para atribuir pagos más bajos, siempre y cuando presenten las pruebas suficientes y el periodo de tiempo no exceda los 24 meses a partir de la fecha de aplicación del salario mínimo.
El Ejecutivo igualmente respaldó la propuesta de subir el importe mínimo de la pensión de jubilación, supervivencia, invalidez y vejez a 70 mil kwanzas; mientras que las que ya son superiores al mínimo establecido, pero inferiores al máximo de 729 mil 448 kwanzas (unos 8376 dólares), están sujetas a un aumento del 25 por ciento.
Dicho acuerdo entra en vigor en este mes de julio, refirió la publicación.
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