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lunes 29 de julio de 2024
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Entregan en Bolivia preselección de aspirantes al Poder Judicial

La Paz, 29 jul (Prensa Latina) La Comisión Mixta de Justicia Plural (diputados y senadores) de la Asamblea Legislativa Plurinacional (ALP) de Bolivia entregó hoy a su presidencia el informe final sobre la preselección de postulantes a altas instancias del Poder Judicial.

Se trata de la entrega de manera oficial de la preselección de aspirantes al Consejo de la Magistratura (CM) y al Tribunal Agroambiental (TA) para su tratamiento y posible inclusión en la candidatura a las elecciones en los comicios judiciales.

“El personal técnico de la Comisión Mixta de Justicia Plural realizó la entrega del informe final (nueve carpetas y siete tomos) (…) para las elecciones judiciales”, confirmó la Cámara de Senadores en la red social Facebook respecto a la documentación entregada en ventanilla única de la Vicepresidencia del Estado Plurinacional de Bolivia.

Son 20 candidatos preseleccionados para el CM (10 varones y 10 mujeres) y 14 para el TA (7 varones y 7 mujeres), quienes pasarán a la fase de selección en sesión de la ALP.

Unas siete candidatas, tres a la CM y cuatro al TA, fueron habilitadas de forma adicional, por acercarse al puntaje mínimo de 130, para completar los cupos de mujer e indígena, como establecen las normas legales.

La Comisión Mixta de Constitución, a cargo de la preselección de candidatos al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) y el Tribunal Constitucional Plurinacional (TCP), prevé remitir en estos días su informe a la presidencia de la ALP.

En el caso del TCP, esta última comisión sugirió declarar desierta la convocatoria en los departamentos de Cochabamba, Santa Cruz, Oruro y Potosí porque no se logró completar los criterios de paridad de género y autoidentificación indígena.

Según el parágrafo primero del artículo 38 de la Ley 1549 Transitoria para las elecciones judiciales, esa es la decisión que corresponde, “(…) previo informe fundamentado de la Comisión Mixta correspondiente en las etapas del proceso”.

Agrega que en “el caso de declararse desierta la convocatoria del proceso de preselección para alguna de las cuatro instituciones objeto de esta Ley, la ALP convocará nuevamente al proceso de preselección que corresponda”.

De acuerdo con la ley, una vez recibidos los informes finales de evaluación de las comisiones mixtas correspondientes, la Presidencia de la ALP en el plazo de 24 horas debe convocar a Sesión para preseleccionar a las y los postulantes, por voto de dos tercios de las y los asambleístas presentes.

Los dos equipos presentarán un informe con la lista de profesionales, que tras recibir el respaldo de los dos tercios de la ALP serán sometidos a votación popular.

Según la Ley 1549, la nómina enviada al Tribunal Supremo Electoral tendrá que contener 96 postulantes como mínimo y 192 como máximo.

oda/jpm

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