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lunes 5 de agosto de 2024
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Abogado venezolano explica consecuencias jurídicas para opositor

Caracas, 5 ago (Prensa Latina) El abogado constitucionalista venezolano Hermann Escarrá explicó hoy las consecuencias jurídicas para el opositor de la extrema derecha Edmundo González, al ausentarse a la comparecencia solicitada por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).

En llamada telefónica al canal Venezolana de Televisión, el diputado a la Asamblea Nacional (parlamento) explicó que la no comparecencia del excandidato presidencial podría incurrir en lo que los abogados llaman “situación de contumacia y rebeldía, lo que traería consecuencias muy delicadas”.

Escarrá comentó que, inclusive, algunas de las acciones podrían trasladarse al ámbito de lo penal “debido a ese comportamiento de llamar a la desestabilización”.

En todo caso, indicó, es una decisión que él tomó y “la de seguir no solamente diciendo fraude, sino ahora con el forjamiento de actas”.

El pasado viernes el presidente del parlamento venezolano, Jorge Rodríguez, denunció ante la prensa nacional y extranjera que tras una rigurosa investigación con expertos nacionales y extranjeros de varios países pudieron determinar irregularidades en la información proporcionada por la derecha tras los comicios.

Rodríguez señaló que en un análisis somero encontraron nueve mil 468 actas sin firmas de los operadores de máquinas, ni de miembros de mesas y testigos, presentadas por la oposición y que mostraron al mundo para cantar el supuesto fraude.

Manifestó el constitucionalista que con ello buscaron debilitar a Venezuela y propiciar un zarpazo de una intervención de acuerdo a la nueva doctrina de seguridad y defensa de Estados Unidos.

Con el objetivo de intervenir para “apropiarse de nuestros recursos petroleros, gasíferos, diamantíferos, auríferos y de minerales extraños”, afirmó.

Al comentar sobre el recurso contencioso presentado por el mandatario reelecto Nicolás Maduro ante la Sala Electoral del TSJ, el legislador reafirmó que está sustentado en la Constitución y otras Leyes Orgánicas.

Remarcó que la Carta Magna en su artículo 297 recoge que la jurisdicción contenciosa electoral será ejercida por “la Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia y los demás tribunales que determine la ley”.

Escarrá apuntó que ante esta situación se produjo “una situación grave, notoria y comunicacional”, al ser agredida desde el exterior la plataforma electrónica del Consejo Nacional Electoral.

Asimismo, expresó, que un sector extremo de la derecha antes, durante el propio proceso electoral y a partir de la noche del 28 de julio, comenzó “por todo el país y en el exterior a manejar la idea del fraude”.

El parlamentario significó que el jefe de Estado ante la situación de violencia generada recurrió a desplegar los mecanismos y estructuras para la seguridad ciudadana y acudió, además, al sistema judicial contencioso electoral como está previsto en la norma constitucional.

mem/jcd

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