martes 12 de noviembre de 2024
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TSJ ratifica al CNE máxima autoridad del Poder Electoral de Venezuela

Caracas, 10 ago (Prensa Latina) La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) ratificó hoy al Consejo Nacional Electoral (CNE) como único órgano rector y máxima autoridad del Poder Electoral de Venezuela.

Al informar sobre el cierre de una de las fases del contencioso presentado por el presidente Nicolás Maduro, la presidenta del TSJ Caryslia Beatriz Rodríguez ofreció consideraciones de la etapa en que fueron convocados los 10 excandidatos y partidos políticos participantes en los comicios del 28 de julio.

Ante el cuerpo diplomático acreditado, organismos internacionales, magistrados, viceministros de la Cancillería y su titular de Relaciones Exteriores Yván Gil y periodistas, Rodríguez afirmó que el CNE compareció en pleno con todos sus rectores principales, liderados por su titular Elvis Amoroso.

Aseveró que dieron cumplimiento al requerimiento formulado por el máximo órgano y consignaron de manera oportuna y en tiempo hábil “todos los recaudos vinculados con el proceso electoral”.

La titular señaló que fueron citados los 38 representantes de las organizaciones políticas y los 10 candidatos que intervinieron en los sufragios, y apuntó que del total de partidos políticos 33 aportaron el material requerido por esa instancia.

De los exaspirantes a presidente, precisó, todos acudieron con la excepción del candidato de la Plataforma Unitaria Democrática (PUD), Edmundo González, y dejó constancia que “no cumplió con la orden de citación”, con lo cual desacató el mandato de la más alta instancia de la jurisdicción contenciosa electoral del país.

Con la ausencia de González este no cumplió con la “consignación de las actas de escrutinio, el listado de testigos y la entrega de material alguno”, puntualizó.

Especificó asimismo que los líderes que acompañaron la candidatura del representante de la PUD, Manuel Rosales, José Luis Cartaya y José Simón Calzadilla, tampoco presentaron material alguno, con el argumento de que “no poseen ninguna documentación referida a este proceso”.

Además, añadió, dijeron no tener las actas de los escrutinios de las mesas, ni listados de testigos; admitieron no participaron en el proceso de traslado y resguardo de material alguno, y desconocieron quiénes “realizaron la carga de las presuntas actas de escrutinio” en una página web utilizada al respecto.

La Sala Electoral del TSJ indicó que las organizaciones políticas Alianza al Lápiz y Movimiento Centrado para la Gente tampoco consignaron la documentación requerida, como también hicieron los excandidatos Antonio Ecarri y Enrique Márquez.

Rodríguez manifestó que una vez concluida esta etapa los magistrados pasarán a realizar el peritaje de “todo el material de valor probatorio consignado en físico o digital”, además de la evaluación al ataque cibernético masivo del que fue objeto el CNE.

Reafirmó que la sentencia que emane de este proceso iniciado el 5 de agosto tendrá carácter de “cosa juzgada” por ser ese órgano la máxima instancia judicial en materia electoral, a la par de advertir que sus “decisiones son inapelables y de obligatorio acatamiento”.

mem/jcd

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