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miércoles 14 de agosto de 2024
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Gobierno de Colombia explicó especificidades de inversión forzosa

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Bogotá, 14 ago (Prensa Latina) El anuncio del presidente de Colombia, Gustavo Petro, de que el paquete de reactivación económica incluiría una propuesta de inversión forzosa genera hoy un debate y obliga al Gobierno a dar detalles sobre las peculiaridades de la estrategia.

De acuerdo con un comunicado divulgado por la Presidencia, esa herramienta no es nueva y, de hecho, se emplea ya en el sector agrícola.

Especificó igualmente que el Gobierno anterior usó esa potestad para Títulos de Deuda Interna, y en medio de la pandemia algunas figuras públicas las propusieron para facilitar el crédito a las micro y pequeñas empresas.

Asimismo, acotó que no constituyen en ningún caso una expropiación, sino que los montos de las inversiones forzosas luego se devuelven a los bancos, sumando las tasas de interés.

También aclaró la comunicación que no reducirán el ahorro de los colombianos, pues las cuentas individuales de los ciudadanos no tendrán ninguna variación debido a la aplicación de esa estrategia.

Las inversiones forzosas, explicó la nota, consisten en redirigir un porcentaje de los ahorros en los bancos hacia créditos de bajo costo para sectores productivos prioritarios de la economía.

Apuntó que la propuesta del actual Gobierno es usar el mecanismo en cuatro sectores prioritarios para la reactivación económica: industria, agricultura, vivienda, y turismo.

Añadió asimismo que esta estrategia se empleó ya en diversas ocasiones para fomentar el desarrollo de áreas clave de la economía, ya que promueven un uso más eficiente y equitativo de los recursos financieros disponibles.

En Colombia ya existieron las inversiones forzosas y se debatieron ampliamente, señaló.

Hace pocos años, a través del Decreto 562 de 2020, se implementaron inversiones forzosas en Títulos de Deuda Pública Interna de Solidaridad administrados por el Banco de la República. El decreto exigió a los establecimientos de crédito realizar inversiones obligatorias hasta del tres por ciento de los depósitos, refirió la comunicación.

Por último, señaló que las inversiones forzosas deben tener aprobación por parte del Congreso de la República y que sería en ese órgano legislativo donde se escogerían los sectores prioritarios para implementar la medida.

ro/ifs

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