La jueza Daniela Salazar solicitó a la Presidencia de la República más información sobre qué motivó la emisión del Decreto Ejecutivo 410, que establece un período de excepcionalidad de 60 días para las provincias de Guayas, Los Ríos, Manabí, Orellana, Santa Elena y El Oro.
Esa medida, firmada por Noboa, también incluye al Distrito Metropolitano de Quito, de la provincia de Pichincha, y el cantón Camilo Ponce Enríquez, de la provincia de Azuay.
El decreto establece que el estado de excepción durará hasta el 3 de diciembre y se debe a la “grave conmoción interna y conflicto armado interno” en esos territorios.
Asimismo, contempla restricciones como suspensión del derecho a la inviolabilidad y reunión, así como la disposición de movilización de la Policía Nacional y las Fuerzas Armadas en esas demarcaciones.
En Ecuador rige desde enero último la declaratoria de conflicto armado interno, disposición con la cual Noboa busca frenar la inseguridad y el crimen organizado.
No obstante, la población exige más acciones del Ejecutivo pues los hechos violentos persisten en las calles pese a la presencia de militares y los constantes estados de excepción.
En ocasiones anteriores la Corte determinó la inconstitucionalidad de esos decretos de excepcionalidad de Noboa, justamente por no justificarlos adecuadamente.
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