En el Acuerdo 925/2024, publicado este jueves en el sitio web de la institución, los magistrados consideraron que no existen inconstitucionalidades ni inconformidades legales en el procedimiento adoptado en el Pleno Extraordinario de la Asamblea Nacional dedicado a analizar el asunto, el cual tuvo lugar el 14 de octubre de 2023.
El grupo parlamentario de la Unita reclamaba violaciones de procedimientos y de la legislación, al señalar que los documentos donde se fundamentaba la propuesta no fueron distribuidos a los grupos parlamentarios y comisiones de trabajo, y también que dicha sesión no fue transmitida en vivo por la radio y la televisión públicas.
Otros argumentos para la reclamación fueron el hecho de que la votación sobre el tema se realizara a mano alzada y no de forma secreta, así como el que no se detuviera la sesión una vez solicitado por la Unita.
Al respecto, el Tribunal Constitucional refirió que solicitaron a la Asamblea Nacional la presentación de las contrarazones, en las cuales la instancia dio respuesta a todas las acusaciones.
El Tribunal Constitucional revisó lo emitido por las partes y de acuerdo con la Constitución y el Reglamento de la Asamblea Nacional no encontró violaciones en los procedimientos de la sesión extraordinaria del 14 de octubre del pasado año.
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