En un comunicado enviado a los medios de comunicación, Abreu resaltó la importancia de la Ley 87-01 respecto a la defensa de los empleados, promulgada durante el gobierno de Hipólito Mejía (2000-2004).
Comentó que el artículo 50 de esta normativa establece que los afiliados al Sistema Dominicano de Seguridad Social tienen derecho a una pensión mínima por cesantía al cumplir 57 años, siempre que hayan cotizado al menos 300 meses
El dirigente sindical manifestó que quienes no cumplan este requisito pueden recibir una pensión proporcional a los fondos acumulados o seguir cotizando hasta conseguir el mínimo.
Puntualizó que la normativa también dispone que la pensión por pérdida de empleo no puede superar el último salario divisado.
Abreu respondió así las recientes propuestas del sector empresarial dominicano de transformar el actual régimen de la cesantía, y limitarlo a seis años.
Expresó que el movimiento sindical ha sido clave para garantizar la cesantía como un derecho inalienable, utilizando el veto como herramienta para frenar su exclusión o reforma en menoscabo de los trabajadores.
Al mismo tiempo, instó a la conciencia colectiva para que este estatuto a favor de la estabilidad y dignidad de los trabajadores no sea vulnerado.
Este viernes el Congreso descartó cambios sobre la cesantía laboral en la reforma del Código del Trabajo presentada por el Poder Ejecutivo.
En las discusiones de la reforma laboral en el Senado, el sector empresarial propuso mantener la protección económica, pero con un límite de seis años para nuevos empleados y un tope de liquidación de hasta 10 salarios mínimos, dependiendo del sector.
Ante esta situación, el presidente del Senado, Ricardo de los Santos, aseguró que los derechos adquiridos por los trabajadores «no están en juego».
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