Según informó el secretario del órgano legislativo, Alejandro Muñoz, el documento no cumple con lo dispuesto en el artículo 146 de la Constitución ni con el artículo 42 de la Ley Orgánica de la Función Legislativa.
Además, lo señalado en el texto firmado por el gobernante no se adecúa al concepto de “fuerza mayor o caso fortuito”, señaló el Parlamento, que sugirió a Noboa solicitar al legislativo una licencia sin remuneración, de conformidad con lo dispuesto en la normativa vigente.
En ese caso, la Asamblea evaluará la solicitud y podrá aceptarla o negarla con el voto favorable de la mayoría absoluta de sus integrantes.
Este martes, Noboa emitió un decreto en el cual anunció que Cynthia Gellibert estará al frente del Gobierno desde mañana en la tarde hasta el domingo 12 de enero “por razones de fuerza mayor”.
En medio de las pugnas entre Noboa y Abad, el 4 de enero pasado Gellibert fue designada vicepresidenta temporal de Ecuador en reemplazo de Sariha Moya, quien declinó asumir la vicepresidencia de la República debido a “un quebranto en su salud”.
Según el decreto, la decisión se tomó “ante la ambigüedad del pronunciamiento del Consejo Nacional Electoral (CNE), y dados los inconmensurables supuestos que pueden aparecer por la percepción de cada ciudadano sobre los actos que realiza el presidente de la República”.
En el documento, se hace referencia al comunicado emitido por el CNE el 6 de enero, en el que el organismo electoral recuerda que los servidores públicos en funciones tienen la prohibición de “inducir al voto a favor de una determinada preferencia electoral”.
Al menos cuatro candidatos presidenciales acusaron al mandatario de cometer presuntas infracciones electorales, algo que descartó el ministro de Gobierno, José de la Gasca, para quien “en ninguno de los casos el presidente ha violado ni la ley ni la Constitución”.
Ecuador se encuentra en plena campaña electoral con vistas a los comicios del 9 de febrero, en los cuales Noboa es uno de los 16 aspirantes a llegar al Palacio de Carondelet, sede del Ejecutivo nacional.
El Código de la Democracia en su artículo 93 exige licencia sin remuneración para funcionarios que van por la reelección.
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