Éstos se refieren a los envíos de alimentos, medicamentos, aseos y plantas eléctricas, detalló la viceministra de ese organismo tras la publicación de las resoluciones en la edición extraordinaria número dos de la Gaceta Oficial de la República.
La funcionaria explicó a Granma que como parte de las especificidades de la Aduana General de la República, se mantiene que los productos exceptuados del pago de aranceles deben traerse por separado de aquellos que no lo están.
Estas disposiciones autorizan la importación hasta el límite de 500 dólares estadounidenses del valor o peso equivalente, hasta 50 kilogramos (kg), en la relación valor/peso establecida por la Aduana
Permite, asimismo, el incremento del límite del valor en Aduana para las importaciones no comerciales que realizan las personas naturales mediante envíos, de 200 hasta 500 dólares.
Se mantiene la exención del pago del impuesto aduanero por los primeros 30 dólares del valor o su peso equivalente de tres kg, así como la aplicación del exceso de este de la tarifa arancelaria del 30 por ciento.
Igualmente, se admite la importación por personas naturales, como envíos aéreos, marítimos y postales, hasta un límite de 200 dólares o peso equivalente hasta 20 kg, en la relación peso/valor.
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