Luego que el mandatario calificara de inejecutable el dictamen del organismo judicial, emitido el pasado 21 de febrero, la Corte le respondió que la decisión es de “carácter definitivo e inapelable”.
El máximo órgano de control constitucional aceptó parcialmente el pedido de aclaración del Ejecutivo y negó tres de sus solicitudes sobre la declaratoria de estado de excepción por un supuesto conflicto armado interno, una situación que a ojos de los magistrados no se configura actualmente de acuerdo a los tratados internacionales.
En su sentencia inicial, la CC aceptó la declaratoria de estado de excepción en siete provincias, pero negó que la causal sea un conflicto armado y ordenó la creación de una “comisión interinstitucional” contra la inseguridad con delegados del Ejecutivo, Legislativo, Judicial y de Transparencia.
Según el Gobierno, la Corte está “emitiendo política pública”, por lo que sus disposiciones de establecer la comisión, el mecanismo de seguimiento y de remitir información pública “resultan inaplicables”.
No obstante, los magistrados respondieron que la Constitución les faculta para la creación de dicha comisión, puesto que deben «coordinar acciones» para garantizar el derecho de los ecuatorianos a vivir en paz, con seguridad y sin corrupción.
El desacato de las órdenes de los jueces constitucionales puede acarrear la destitución de los funcionarios del Ejecutivo involucrados, con excepción del mandatario.
Según el dictamen original, la conformación de la Comisión Interinstitucional de coordinación, planificación e implementación de medidas estructurales es necesaria para superar los problemas de violencia y crimen organizado.
La Corte subrayó que la grave situación que atraviesa el Ecuador responde a un problema estructural, el cual no puede ni debe ser resuelto a través de un estado de excepción.
Durante su mandato, Noboa ha decretado la excepcionalidad en numerosas ocasiones y actualmente está vigente esa medida para siete provincias y dos municipios, incluido el Distrito Metropolitano de Quito.
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