En conferencia de prensa, la funcionaria aseguró que la medida está en línea con el espíritu de la Ley 2232 de 2022, cuya implementación eliminará paulatinamente la fabricación y la comercialización de algunos bienes empleados por amplios sectores de la sociedad.
Según refirió, el objetivo de la normativa es que a 2030 todo el plástico que se produzca y consuma esté incluido en un proceso de economía circular, o sea, que puedan ser absorbidos por la cadena industrial y se vayan eliminando los no reciclables.
Comunicó que a partir del 7 de julio empezará a regir la primera etapa de la ley por lo que saldrán del mercado mezcladores y pitillos para bebidas, soportes para las bombas de inflar y aquellos usados en los hisopos flexibles con puntas de algodón.
Quedará igualmente prohibida la comercialización de bolsas utilizadas para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías, excepto aquellas reutilizables o de uso industrial, y también las que son empeladas para embalar periódicos, revistas, publicidad y facturas, así como las utilizadas en las lavanderías para empacar ropa lavada.
Entran asimismo en el listado los rollos de bolsas vacías en superficies comerciales para embalar, cargar o transportar paquetes y mercancías y para llevar alimentos a granel, excepto para los productos de origen animal crudos.
No obstante, acotó Muhamad que existen alternativas para estos implementos dispuestos por el marco jurídico y una de ellas es que los materiales alternativos que suplan la función de los anteriormente descritos sean 100 por ciento compostables a temperatura ambiente, es decir, que puedan degradarse biológicamente formando compost.
La otra es que puede seguir empleándose el plástico, siempre y cuando este sea completa y reconocidamente reciclable y provenga de la cadena nacional de producción.
Informó además que la Autoridad Nacional de Licencias Ambientales será la entidad que garantice el seguimiento y la supervisión de esas licencias que serán debidamente certificadas.
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