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viernes 19 de julio de 2024
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CNE de Venezuela publicó instructivo para votaciones en el exterior

Caracas, 19 jul (Prensa Latina) El Consejo Nacional Electoral (CNE) de Venezuela publicó hoy el Instructivo para la Coordinación del Acto de Votación en Representaciones Diplomáticas o Consulares en el exterior, con motivo de las elecciones presidenciales del 28 de julio.

Este documento está dirigido a aquellos lugares “con más de diez o más electores”, con el objetivo de capacitar a los integrantes de las mesas electorales, que tendrán la responsabilidad de coordinar el acto de votación en el extranjero.

El texto subrayó que sólo podrán sufragar en el exterior “los electores mayores de 18 años de edad”, que posean residencia o cualquier otro régimen que denote legalidad de permanencia en ese país, además de estar “debidamente inscritos en el Registro Electoral y aparezcan en el cuaderno de votación”.

En sus consideraciones generales, el CNE expresó que los procesos electorales nacionales a realizarse fuera de las fronteras de la República “son determinados por la cantidad de electoras y electores inscritos en el Registro Electoral y aparezcan en el cuaderno de votación”.

Refirió que el único documento válido para ejercer el derecho al voto “es la cédula de identidad laminada, aún cuando esté vencida”.

El máximo órgano comicial venezolano precisó que el acto de votación en el exterior se llevará a cabo “bajo la modalidad del Sistema Manual de Votación” y entre las 06:00 y 18:00 hora local, de no existir votantes en cola.

Asimismo, ningún integrante “podrá impedir el derecho al voto” de aquellos electores que aparezcan en el Cuaderno de Votación.

Advirtió en ese sentido, que serán sancionados los funcionarios electorales que rehúsen admitir la votación de votantes que tengan derecho a sufragar conforme a la ley.

Por otro lado, señaló que las organizaciones con fines políticos deberán llenar adecuadamente los formatos de credenciales y los presentarán por escrito ante la representación diplomática o consular, al menos, con 15 días de anticipación a la fecha de la realización del proceso electoral.

Apuntó también que se debe garantizar el acceso a los testigos debidamente acreditados y “no se permitirá por ninguna razón, en un mismo acto electoral, más de un testigo por organización con fines políticos y alianzas”.

El CNE puntualizó que los integrantes de la mesa electoral son los responsables de los actos de constitución, votación, escrutinio y distribución de actas e instrumentos electorales, quienes “deben garantizar las condiciones y medios necesarios para la preservación del secreto del voto”.

Este instructivo del órgano electoral está sustentado en las bases jurídicas de la Constitución, Ley Orgánica del Poder Electoral, Ley Orgánica de Procesos Electorales, Reglamento General de esta última y Resoluciones dictadas al respecto.

Incluyó, además, los procedimientos legales e instrucciones vinculantes provenientes del CNE y de la Junta Nacional Electoral.

El 28 de julio más de 21,6 millones de votantes están convocados a las urnas para elegir al Presidente de la República entre los 10 candidatos en pugna, nueve de ellos opositores y el oficialista Nicolás Maduro, quien va por su reelección y tercer mandato consecutivo.

oda/jcd

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