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miércoles 7 de agosto de 2024
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Piden en Japón analizar inclusión de autodefensa en la Constitución

Tokio, 7 ago (Prensa Latina) El primer ministro japonés, Fumio Kishida, instruyó hoy a su partido gobernante para que acelere las discusiones sobre la polémica cuestión de la inclusión de las Fuerzas de Autodefensa (SDF) en el Artículo 9 de la Constitución.

En una reunión sobre la reforma constitucional, Kishida dijo que el Partido Liberal Democrático (PDL) debería organizar los puntos de la cuestión, con el objetivo de completarlos para finales de este mes.

La instrucción de Kishida indicó su voluntad de obtener el apoyo de los miembros conservadores dentro del partido que han pedido avances en las discusiones sobre las enmiendas constitucionales antes de la carrera por el liderazgo del PDL, programada para septiembre próximo, según expertos.

La Constitución de Japón, redactada por las fuerzas de ocupación lideradas por Estados Unidos después de la Segunda Guerra Mundial, ha permanecido inalterada desde que entró en vigor en 1947, sin que se haya iniciado nunca un proceso formal de enmienda, en parte debido a los altos obstáculos para las propuestas en el parlamento.

Kishida dijo que el papel de las SDF es muy importante para el Estado, ya que protegen las vidas de las personas en todo momento, y agregó que su existencia debería estar claramente estipulada en la ley suprema del país.

El PDL, que ha estado en el poder durante la mayor parte del tiempo desde 1955, ha declarado su objetivo de revisar la Constitución, que algunos conservadores dentro del partido ven como una imposición humillante de los Estados Unidos después de la rendición de Japón.

Sin embargo, el público en general y los partidos de oposición de tendencia izquierdista han estado divididos sobre el cambio del Artículo 9, ya que muchos creen que ha traído la paz a Japón, lo que ha permitido a la nación asiática evitar involucrarse en conflictos durante las últimas siete décadas.

La Constitución de 1947, creada en respuesta a la agresión militar de Japón en tiempos de guerra, renuncia a la guerra y prohíbe la posesión de fuerzas militares en el Artículo 9.

El PDL espera añadir una referencia explícita a las SDF en la Constitución para no dejar lugar al argumento de que tener organizaciones armadas, incluso para la autodefensa, viola la carta pacifista.

mem/nvo

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