Publicada en La Gaceta Oficial de la República en su edición Ordinaria No.48, el pasado cinco de junio, la norma jurídica incluye las regulaciones para la comunicación social en los ámbitos organizacional, mediático, comunitario, en el ciberespacio, así como la comunicación política, de bien público y la comunicación de crisis.
Asimismo, aborda el marco legal para el diseño de la comunicación visual e industrial, la imagen de la marca país, la publicidad y el patrocinio en diferentes ramas (como por ejemplo la cultura y el deporte), y la comunicación en la vía pública.
Trata además la regulación y control de los procesos de comunicación social, de lo cual se encarga el Instituto de Información y Comunicación Social (ICS).
De acuerdo con la vicepresidenta de ese organismo, Belkis Pérez, uno de los principales desafíos ante la implementación de esta ley ha sido el de completar la planilla de cuadros del instituto en cada uno de los municipios del país.
Pérez explicó en el programa radiotelevisivo Mesa Redonda que ha sido» un proceso de construcción colectiva y mutuo aprendizaje, todos los días vamos aprendiendo algo más, sobre todo a partir de que es un Instituto que no tiene una experiencia anterior».
La directora general de Comunicación Organizacional y Comunitaria del ICS, Anamaris Solórzano, subrayó que el instrumento jurídico contribuye a mejorar el sistema de comunicación, determinar los roles y responsabilidades de los comunicadores institucionales, y a asesorar para que todo funcione mejor.
Indicó en el espacio radiotelevisivo que la normativa delimita las responsabilidades y los modelos actuación en espacios públicos digitales de directivos e integrantes de instituciones, que en correspondencia al interés público de sus funciones, deban contemplar temas relacionados con la comunicación.
Por su parte, la subdirectora general de Publicidad y Patrocinio del ICS, Lorayne Izquierdo, detalló que podrán realizar publicidad aquellos actores económicos que están legalmente reconocidos en el país, estatales y no estatales.
«Se permite la inserción y difusión de publicidad en los medios de comunicación social; el titular debe solicitar al presidente del instituto de información y comunicación social el autorizo para insertar y difundir publicidad», añadió.
Izquierdo precisó que una parte importante a tener en cuenta en la práctica, son los sujetos protegidos por la ley como: los niños, las mujeres, personas adultas mayores y las que se encuentran en situación de discapacidad.
La Ley de Comunicación Social busca desarrollar habilidades comunicativas en la población cubana, facilitando una mejor comunicación y creando una sociedad capaz de ejercer el control popular.
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