Los responsables podrían ser condenados de 20 a 30 años de reclusión y multa de 200 a 400 salarios mínimos de ser perjudicadas personas con padecimientos psicológicos, discapacitados, niños y adolescentes.
El presidente del órgano constitucional, diputado Alfredo Pacheco, explicó que todo aquel que utilice la fuerza, la amenaza o cualquier otra forma de explotación definida previamente para movilizar de manera ilegal a una víctima, aun con su consentimiento, será juzgado por cometer este flagelo.
También estaría tras las rejas durante cinco años quien cree, altere, produzca o falsifique documentos de viaje o de identidad para el comercio ilícito de migrantes.
La ley vigente, promulgada en el año 2003, solo dispone cinco años de prisión para todos los culpables.
Con su aprobación este miércoles en la Cámara de Diputados, la pieza pasará al Poder Ejecutivo para ser promulgada. El Senado la sancionó previamente en dos lecturas consecutivas.
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