De acuerdo con el informe del Palacio de las Garzas (sede del Ejecutivo), la medida tiene la finalidad de garantizar la seguridad de los ciudadanos en espacios abiertos de alta concentración y proteger los bienes de instituciones clave, como centros educativos y de salud.
La iniciativa introduce cambios a los artículos 214 y 219 del Código Penal, al endurecer las penas en casos específicos, como respuesta a la creciente preocupación por la seguridad en lugares públicos y privados, y la protección de bienes de uso colectivo.
De una parte, establece que el hurto en determinadas circunstancias recibirá penas de prisión de cinco a diez años si el hecho ocurre en lugares como oficinas, centros educativos, de salud, hospitales, archivos u otros establecimientos públicos.
Además, se contempla un agravante si el delito se comete en lugares como iglesias y templos religiosos. También se aumenta la pena si afecta los fondos de los clubes de padres de familia de los centros educativos, ya sean oficiales o privados.
El código refiere penas más estrictas en casos de robo con el uso de armas, la presencia de más de una persona, la afectación de la libertad personal de la víctima o si se causa una lesión.
También se considera un agravante si es cometido en perjuicio de un turista, o si ocurre en el contexto del transporte público o en centros educativos y hospitales.
La Ley 460 entró en vigor este lunes y marca un paso más en el fortalecimiento del sistema de justicia penal en Panamá, según sus autoridades.
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