La normativa, aprobada por el Congreso Nacional, establece el rol principal del Estado en la adopción de medidas para proteger, atender y resarcir a las víctimas de este flagelo.
Las instituciones estatales deberán garantizarle a las féminas acceso a la información sobre sus derechos, a los servicios de salud física y mental, a la seguridad y la justicia; así como brindarles acompañamiento para la reparación física, psicológica y social.
El texto define como violencia contra la mujer cualquier acción u omisión que les cause muerte, daño o sufrimiento en razón de su género dondequiera que ocurra, ya sea en el ámbito público o el privado.
También incluye la ejercida contra niños y adolescentes con el fin de dañar a sus madres o cuidadoras.
La ley, adoptada la víspera y despachada para su promulgación, enumera distintos tipos de violencia: física, psicológica, sexual, económica, institucional, política, laboral y gineco-obstétrica.
Asimismo, permite modificar otras normativas legales para resguardar la confidencialidad de las víctimas y mejorar la seguridad y protección de quienes denuncien agresiones.
La ministra de la Mujer, Antonia Orellana, agradeció el apoyo transversal en el Congreso a la normativa contra la violencia, lo cual muestra que esta es una prioridad del Estado y no está circunscrita a ningún sector.
Si nuestras abuelas pudieron ser las primeras en ingresar al trabajo remunerado formal, si las mujeres recuperaron la democracia, pudimos tener las primeras leyes sobre violencia intrafamiliar y femicidio y crear un Ministerio, ahora también hemos dado un nuevo paso para las próximas generaciones, dijo.
La diputada Carolina Marzán, del Partido por la Democracia, lamentó que hayan pasado siete años desde el inicio del debate, período en el cual ocurrieron 309 asesinatos por motivo de género.
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