El Tercer Juzgado Penal Colegiado Nacional declaró improcedente la solicitud que planteaba que el PNP deje de ser considerado imputado como entidad en un proceso al líder de la agrupación, Ollanta Humala, y otros, por lavado de activos y otros cargos.
La corte argumentó que los efectos y la eventual interpretación de la citada ley se debatirán y resolverán en la definición de la sentencia del caso, prevista para los próximos meses.
La jueza del juzgado Nayko Coronado dijo que la judicatura necesita “un análisis mayor respecto no solo de la norma, sino un análisis sistemático de normas” y no es el momento para hacerlo.
La normativa, que genera controversia, establece que los partidos políticos solo se les aplica el régimen sancionador administrativo previsto en la Ley de Organizaciones Políticas.
El fiscal del caso acusa a Humala y a su esposa Nadine Heredia de lavado de activos con fondos ocultamente recibidos para las campañas electorales del PNP de 2006 y 2011, y pide 20 años de prisión para el expresidente y 26 años para su esposa, así como la disolución del PNP, lo cual es inaplicable, según la nueva ley.
Tanto Humala como Heredia se declararon inocentes de los cargos y confiados en que serán absueltos.
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